Hospitalización en un prestador de la Red CAEC por una urgencia

Tratándose de una hospitalización en un prestador de la RED CAEC originada por una urgencia con riesgo vital o secuela funcional grave, el beneficiario o su representante deberá dar aviso a la Isapre  dentro de las primeras 48 horas contadas desde el ingreso al centro asistencial, con el objeto que la Institución pueda administrar el caso y controlar que las condiciones de atención del paciente en el prestador, se ajusten a los términos pactados para el otorgamiento de esta cobertura.

Hospitalización de un prestador que no pertenece a la Red CAEC

Tratándose de una hospitalización, que requiera atención inmediata e impostergable en un prestador ajeno a la RED CAEC, el otorgamiento de este beneficio adicional estará supeditado al cumplimiento en forma copulativa a las siguientes condiciones:

  1. El beneficiario o su representante deberá solicitar el ingreso a la RED CAEC a la Isapre y
  2. El médico tratante deberá autorizar el traslado y
  3. La Isapre deberá derivar al paciente a un prestador de la RED CAEC, para lo cual dispondrá de un plazo de dos días hábiles contados desde la formulación de la solicitud respectiva; y
  4. El paciente debe ingresar al establecimiento de la RED CAEC que corresponda, bajo las condiciones indicadas en la derivación.

En tanto no se cumplan las condiciones señaladas precedentemente, el paciente gozará sólo de los   beneficios de su plan complementario de salud, sin perjuicio de los derechos y beneficios respecto a las   urgencias vitales o con secuela funcional grave que contempla la Ley de Urgencia.

Ante una enfermedad Catastrófica nunca estarás solo

Todos los beneficiarios de la Isapre cuentan con este beneficio, que tiene la finalidad de aumentar la   cobertura de tu plan de salud en prestaciones hospitalarias, con el fin de protegerte frente a   enfermedades de alto costo.

No importa cuál sea el diagnóstico, sólo tiene relevancia el hecho que su valor total final sea elevado. Se   considera una enfermedad como catastrófica, cuando los montos a pagar por el afiliado son superiores al   deducible que le corresponde pagar.

El beneficio CAEC siempre debe activarse tanto en casos de hospitalización programada como de   urgencia. El beneficiario o un representante deberá acercarse a nuestras sucursales y llenar una solicitud   especial para el ingreso a la Red de Atención Médica definida por la Isapre. Ve aquí la Red de Prestadores CAEC.

Importante: Sólo desde el momento en que el beneficiario haya sido derivado a la Red, aceptado las   condiciones de derivación y haya ingresado, comenzará el cómputo de los copagos para acumular el   deducible.