Te informamos que desde el 1 de junio de 2021, todas las licencias médicas Covid-19 – incluyendo las preventivas – no tienen “periodo de carencia”, por lo tanto, el pago de este tipo de licencias se realiza desde el primer día, aun cuando se trate de una licencia por Covid-19 de una duración igual o menor a 10 días.
Esta nueva normativa* es válida para los trabajadores dependientes del sector privado y los trabajadores independientes.
¿Qué es el “periodo de carencia” de una licencia médica?
Por normativa, las licencias médicas tienen un “periodo de carencia”, el cual consiste en la no realización del pago de los tres primeros días de licencia médica, es decir, el pago se efectúa a partir del cuarto día, en licencias menores o iguales a 10 días, lo que no ocurre respecto de las licencias superiores a 11 días, en las cuales se otorga la totalidad del pago desde el primer día.
Sin embargo, como te comentamos anteriormente, para las licencias médicas asociadas al Covid-19 no se aplica el referido “periodo de carencia” desde el 1 de junio recién pasado.
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(*) Art.9 de la Ley N°21.342, dispone la no aplicación del artículo 14 del DFL 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.